ENTRAR EN HUNGRÍA

A.) Entrada

Ciudadanos comunitarios pueden entrar a Hungría sin necesidad de visado, simplemente portando su DNI o pasaporte – ambos en vigor.

Ciudadanos de terceros países, residentes en España, tampoco necesitan visado, siempre y cuando el motivo de su viaje es turismo y su estancia no excede a los 90 días. Para poder entrar, es suficiente llevar el pasaporte y la tarjeta de residencia – ambos en vigor.

Países extracomunitarios, cuyos nacionales no precisan visado para entrar en Hungría (al Espacio Schengen).

Andorra, Argentina, Australia, Belorusia (con pasaporte oficial o diplomático), Brasil, Brunei, Camboya, Canadá, República de Corea, Croacia, Chile, Colombia (pasaporte oficial o diplomático), Costa Rica, Cuba (pasaporte oficial o diplomático), Estados Unidos, Guatemala, Hong Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, Macao, Malasia, Marruecos (con pasaporte oficial o diplomático), México, Mónaco, Mongolia, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, Perú (con pasaporte oficial o diplomático), San Marino, Santa Sede, Islas de Seychelles, Suiza, Singapur, Turquia (con pasaporte oficial o diplomático) Uruguay, Uzbequistan (con pasasporte oficial o diplomático), Venezuela.

Los nacionales del resto de los países necesitan visado para entrar en Hungría ( al Espacio Schengen)

Los solicitantes de visados tengan que dirigirse a los Consulados siguientes, y entregar los documentos necesarios personalmente. Antes de venir tienen que informarse previamente.

Los Consulados donde se puede presentar una solicitud de visado:

  • Consulado en Buenos Aires
  • Consulado en Santiago de Chile
  • Consulado en Ciudad de México
  • Consulado de la Habana
  • Consulado General de Sao Paolo
  • Consulado de Madrid

Atención: No hay posibilidad entregar la solicitud del visado en los otros Consulados de Hungría en América Latina y España. Tampoco hay posibilidad presentar la solicitud en consulados honorarios.

REGLAS GENERALES DE EMISION DE VISADOS DESPUÉS DE LA ADHESION DE HUNGRÍA AL ACUERDO DE SCHENGEN (DESPUÉS DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2007.)

Los Estados que integran el Acuerdo de Schengen

A partir del 21 de diciembre de 2007, son 24 los Estados que pertenecen al Espacio Schengen: 22 Estados de los 28 de la Unión Europea (Alemanía, Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal y Suecia), además de Noruega e Islandia. De los miembros de la Unión Europea, Bulgaria, Chipre, Croacia, Irlanda, el Reino Unido y Rumanía todavía no son partes en el Acuerdo de Schengen.

Viajeros sin visado

Pueden viajar a Hungría sin visado los ciudadanos de todos los Estados de la Unión Europea (UE) o de la Área Económica Europea (ÁEE), además los ciudadanos de los Estados siguientes:

Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, República de Corea, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, Honduras, Hong-Kong (con el pasaporte del „Hong-Kong Special Administrative Region”), Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, Macao (con el pasaporte de la „Regiao Adminstrativa Especial de Macau”), Malaysia, México, Monaco, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, San Marino, Singapur, Suiza, Uruguay, Ucrania, Vaticano, Venezuela.

A partir del ingreso pleno de Hungría al Acuerdo de Schengen:

  • son válidos en Hungría los visados y los permisos de residencia expedidos por todos los Estados pertenecientes al Espacio Schengen. Excepto aquellos LTV (Limited Territorial Validity) visados, que restringuen la entrada al territorio Español, o exluyen Hungría, cómo país de destino
  • son válidos en el territorio de todos los países miembros del Acuerdo Schengen los visados de Schengen expedidos por las representaciones diplomáticas húngaras, como asimismo los permisos de residencia emitidos por las autoridades húngaras.

Entrada de extranjeros con visado obligatorio al territorio húngaro

Las reglas de visados y de entradas de Schengen se refieren solamente a permanencias de hasta 90 días. Las residencias largas, superiores a 90 días, se regulan por las disposiciones propias de cada Estado. Las reglas de emisión de visados de Schengen son fundamentalmente las mismas en los Consulados de cada país miembro, y sus tasas son uniformes.

Es importante destacar, que la visa es sólo un permiso previo de entrada, y no autoriza al titulado a entrada automática. Las pruebas de las condiciones de entrada y permanencia pueden ser requeridas al visitante en el momento de entrar, y en caso de omisión, su entrada puede ser denegado.

Por acuerdos bilaterales, pueden darse facilidades adicionales de entrada respecto a las reglas generales de visado. La Unión Europea ya tiene un acuerdo con Albania,  con  Bosnia-Herzegovina, con Macedonia, Moldavia, Montenegro, con Rusia, Serbia y Ucrania.

 

 

¿Dónde debe solicitarse el visado?

Aunque el visado de Schengen facilita el libre tránsito por todo el Espacio Schengen, la solicitud de visado debe ser presentada en la representación diplomática del país-destino principal del viaje, o - en caso de que objetivo del viaje sea visitar varios países – en la representación diplomática del país de entrada al Espacio Schengen.

Por regla general, no se extienden visados en los puestos fronterizos, esto solo se puede solicitar en el caso de parientes de ciudadanos de la ÁEE; para otros extranjeros solo en casos muy excepcionales.

¿Quién puede solicitar un visado?

Por regla general, cada representación diplomática está autorizada a evaluar las solicitudes de visa de los siguientes:

  • ciudadanos del Estado donde está acreditada
  • personas con residencia permanente en ese Estado
  • personas en cuyo Estado de origen no hay representación diplomática húngara.

Tasas de solicitud de visas

Tasa para solicitud de visado de tránsito o de estancia breve

80 EUR

Tasa para solicitud de visado de residencia

110 EUR

Para niños entre 6 y 12 años,

40 EUR

Los visados son gratuitos para:

  • niños menores de 6 años
  • familiares de ciudadanos de la ÁEE
  • miembros de grupos de niños de más de 5 individuos

La tasa de solicitud no se puede reembolsar en caso de rechazo de la misma.

Documentación a presentar para solicitar visas

  • pasaporte, cuya validez se extienda tres meses más allá de la validez del visado solicitado
  • 2 fotos carnet de color, de menos de 6 meses de antigüedad
  • formulario completado en todos sus rubros con letra legible, y firmado.

(El formulario es gratuito, se puede solicitar en los Consulados, o descargar de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores (http://konzuliszolgalat.kormany.hu/en). El formulario de Schengen es uniforme, se puede utilizar el formulario de cualquier Estado del Acuerdo de Schengen para solicitar un visado húngaro)

  • seguro médico (válido en todos los Estados Miembros de Schengen, durante toda la estancia: un seguro para tratamiento médico de urgencia, y una cobertura de traslado de regreso por razones de salud de por lo menos 30000 EUR)
  • prueba de estancia legal, si el solicitante no es ciudadano del Estado receptor

Además de los documentos adjuntos a la solicitud en el momento de su presentación, el Cónsul puede solicitar la presentación de otros documentos y certificaciones.

El plazo legal máximo para evaluar una solicitud de visado es de 30 días.

Rechazo de la solicitud

En caso de una prohibición vigente de entrada, o de dudas surgidas en el momento de la presentación, el Consulado rechaza la solicitud. La presentación de documentos falsificados es ya motivo excluyente del rechazo.

El Consulado informará – solamente al solicitante en forma personal – de los motivos del rechazo de su solicitud. El solicitante puede pedir que dicha información le sea entregada además por escrito.

Contra la decisión se puede poner un recurso, dentro de 8 días a partir de la comunicación del rechazo. La tasa del recurso es 30 EUR.

Sistema Informativo de Schengen (SIS)

De acuerdo a los principios generales de protección de datos personales, los ciudadanos tienen derecho a

  • acceder a los datos referentes a su persona, que se archivan en SIS
  • solicitar la corrección o la cancelación de sus datos falsos o incorrectos
  • iniciar acción administrativa o judicial para la rectificación o la cancelación de datos, o la determinación de compensaciones por daños y perjuicios.

A partir de la adhesión de Hungría al Acuerdo de Schengen, cualquier persona que desee saber si sus datos figuran en el SIS, o solicitar la cancelación o la rectificacón de sus datos registrados en el SIS, debe dirigirse a oficina SIRENE de la Jefatura Nacional de Policía (Országos Rendőr-főkapitányság) o al ombudsman de protección de datos. Si a su juicio, la información recibida de la oficina SIRENE no es satisfactoria, también puede recurrir al ombudsman de protección de datos.

 

Oficina SIRENE de la Jefatura Nacional de Policía:
H-1139 BUDAPEST, Teve utca 4-6.

http://www.police.hu/

Oficina del ombudsman de protección de datos:
H-1051 BUDAPEST, Nádor utca 22.

www.obh.hu

PARA CUALQUIER INFORMACION ADICIONAL RELACIONADA CON LA OBTENCION DE VISADOS, LE RECOMENDAMOS VISITAR LA PAGINA WEB DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES: https://konzinfo.mfa.gov.hu/en  O LAS PAGINAS WEB DE LAS REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS HÚNGARAS.

Tipos de visados

„A" Visados de Tránsito Aeroportuario

"B" Visado de Tránsito Territorial

"C" Visados para estancias de una duración inferior a 90 días

Planilla se puede descargado desde aqui: 

 

"D" Visados para estancias de una duración superior a 90 días (Visados de residencia)  Por más información, visiten está página : http://oif.gov.hu/index.php?lang=en

Los visados de corta duración le habilitan para solicitar su entrada para permanecer en Hungría, ya sea de forma ininterrumpida o con estancias sucesivas cuya duración total no exceda de tres meses por semestre y la duración autorizada en la visa. Se otorgan por motivos de turismo, visita y tratamiento médico, viajes de negocios o visitas a familiares y allegados.

"D" Visados de Residencia se le otorgarán a

A. – Portadores de pasaporte diplomático o de servicio, personas que quieren estudiar, o tomar parte en formación o aprendizaje de investigación en Hungría

Requerimientos

  • Certificado de admisión en el instituto de enseñanza
  • Certificado de que tiene alojamiento adecuado en Hungría
  • (contrato de colegio estudiantil o contrato de alquiler un piso o documento de vivienda propia)
  • Ingresos disponibles después de la entrada : beca, otros
  • corresponsales de prensa
  • personas que viajan a Hungría a base de acuerdos internacionales, cooperación cultural, educacional, científica o programa gubernamental de ayuda educacional, vocacional o científico

 

B. – Personas que quieren trabajar en Hungría

Requerimientos

  • Permiso de trabajo
  • Contrato de empleo
  • Ingresos disponibles a la entrada
  • Certificado de alojamiento adecuado en Hungría (declaración del patrono para asegurar el alojamiento, o contrato de alquiler del piso o documento de vivienda propia)

 

C. – Personas que quieren ejercer actividades lucrativas en Hungría

Requerimientos

  • Registro de la firma
  • Documento empresarial
  • Invitación oficial
  • Resolución para la gratificación
  • Ingresos disponibles a la entrada:
  • Certificado de que tiene alojamiento adecuado en Hungría (reserva de Hotel o contrato de alquiler un piso o documento de vivienda propia)
  • Balanza de la empresa del año anterior
  • Certificado de la Agencia Tributaria que no tiene deudas pendientes
  • Certificado de la Seguridad Social - que no tiene deudas pendientes
  • Certificado de Calificación
  • Contrato(s) con empleado(s)

La solicitud de visado podrá ser presentada por el solicitante, personalmente o a través de representante debidamente acreditado, ante la misión diplomática u oficina consular húngara. En el plazo de dos meses desde la notificación de la concesión, usted deberá recoger su visado personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular en que se haya tramitado la solicitud.

SI LA SOLICITUD ES RECHAZADA - LA TASA DE LA TRAMITACIÓN NO SE DEVOLVERÁ.

 

3.) Otros

Vacunas
No se exige ningún tipo de vacuna

Normas Para Divisas
El cambio de divisas se tiene que efectuar en Bancos, Cajas de Ahorros, Agencias de Viajes o Kioskos de Cambio. El Euro se puede cambiar en cualquier banco, Caja de Ahorros, Kioskos de Cambio o Agencias de Viajes, por tanto no es necesario traer otro tipo de divisas.

Nunca debe aceptar ofertas de cambio de divisa en la calle - podrá ser objeto de estafa o atraco.